Nulidad de los actos procesales. Registros. Secuestros. Tribunal de Casación Penal PBA Sala V
La nulidad a la que se refiere el artículo 119 del Código de Procedimiento Penal alcanza únicamente al acta en la que se documenta el procedimiento de registro y no al procedimiento mismo, pues su validez se rige por las disposiciones que la regulan en particular y no por las reglas de los artículos 117 y siguientes del mismo cuerpo normativo. … la inobservancia de las formalidades requeridas por la ley para otorgar plena fe como instrumento probatorio a las actas labradas por los funcionarios públicos, no necesariamente determina la invalidez del procedimiento que aquellas puedan eventualmente documentar (arts. 117 y...
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