Desde la Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos Aires recibimos con beneplácito el esfuerzo institucional de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires orientado a recomponer los salarios de magistrados, funcionarios y agentes judiciales en actividad, puesto que se trata de la respuesta a un reclamo presente y legitimo del sector, vinculado no solo con la adecuada retribución de quienes sostienen cotidianamente el servicio de justicia, sino también con la necesidad de preservar recursos humanos calificados, cubrir vacantes y evitar la migración hacia otras jurisdicciones que exhiben mejores condiciones salariales.
Sin embargo, esa valoración positiva no impide advertir, con renovada preocupación, que la reciente Acordada 4225 deja otra vez por fuera a los jubilados y pensionados judiciales. Ello importa una profundización de la problemática sobre la cual esta Red ya se ha expedido y que el documento del Foro de Jueces, Ministerios Públicos y Funcionarios Jubilados Bonaerenses, vuelve a poner en evidencia con claridad: la recomposición de los haberes del sector activo no puede instrumentarse mediante mecanismos que, directa o indirectamente, priven al sector pasivo de la movilidad que la ley le reconoce.
Por todo ello, adherimos al documento del Foro de Jueces, Ministerios Públicos y Funcionarios Jubilados Bonaerenses y expresamos nuestro firme deseo de que se adopten las medidas necesarias para garantizar la plena vigencia de la movilidad jubilatoria, preservando la equidad, la dignidad y la seguridad jurídica de quienes integraron el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires.
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