INSIGNIFICANCIA Y ESTADO DE NECESIDAD CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

El Juzgado en lo Correccional Nro. 5 de Morón, resolvió dictar veredicto absolutorio respecto de una mujer en marcado estado de vulnerabilidad a quien se le atribuía la comisión del delito de hurto simple en grado de tentativa cometido en el local de una cadena de supermercados.

La Jueza Graciela Julia Angriman, ante todo, tuvo en consideración al pronunciarse, como elemento determinante para establecer la ausencia de lesividad, el objeto material de la acción, es decir: cuatro botellas de whisky, evaluado relacionalmente desde la posición de la víctima -una cadena de supermercados- y teniendo en cuenta su inmediato recupero por parte del personal de seguridad del supermercado y, por otra parte, que el modo comisivo no se exteriorizó en el uso de violencia física contra las personas, puesto que no se expresó en la creación de un peligro jurídico penal desaprobado para terceros/as.

Por otra parte, la Magistrada remarcó que el caso concreto atestigua las tensiones entre el derecho a la igualdad y poder punitivo determinadas por una selectividad criminalizante que tiene un impacto diferencial en las mujeres en condiciones de pobreza.

A partir de dicha premisa y recurriendo a los lineamientos impartidos por los organismos del sistema regional de protección y promoción de los DDHH, la Dra. Angriman enfatiza en la necesidad de indagar en cada caso la interferencia de aquellos factores que aparejan discriminaciones múltiples, con el objetivo de neutralizar todo riesgo de lesión a la garantía de igualdad sustancial y formar una base informativa compatible con el modelo de valoración jurídica de las diferencias adoptado por el sistema constitucional.

Seguidamente compartimos el texto completo del fallo.

INSIGNIFICANCIA ESTADO DE NECESIDAD JUSTIFICANTE ENFOQUE DE GENERO E INTERSECCIONAL

Ir arriba