Cuál es la real incidencia de la exención a la Justicia y quienes son los grupos que no pagan. Qué actividades están eximidas y cuántos recursos deja de percibir el Estado nacional. El segundo tributo que más recauda.
Fuente: chequeado.com
El Impuesto a las Ganancias es un impuesto que pagan tanto las personas como las empresas que ganan cierta cantidad de dinero, y se calcula en proporción a un mínimo no imponible. En el país es el segundo tributo que más recauda, luego del Impuesto al Valor Agregado (IVA), según las cifras de recaudación tributaria 2012 de la Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal del Ministerio de Economía de la Nación.
Sin embargo, no todos pagan este impuesto en la Argentina. Hay diferentes actores que se encuentran eximidos de hacerlo. ¿Cuáles son y cuántos recursos le significan al Estado anualmente?
El gasto tributario del Gobierno nacional, es decir el monto de recursos que el fisco dejó de percibir al otorgar un tratamiento impositivo especial a determinadas actividades, zonas, contribuyentes o consumos, alcanzó en 2012 los $49.067 millones, lo que equivalió al 2,35% del PBI. “De ellos, $37.089 millones corresponden a tratamientos especiales establecidos en las leyes de los respectivos impuestos y $11.978 millones a beneficios otorgados en los diversos regímenes de promoción económica”, detalla la Estimación de los Gastos Tributarios de la Ley de Presupuesto 2012 del Ministerio de Economía de la Nación.
En el caso del Impuesto a las Ganancias, de acuerdo al documento antes citado,las exenciones significaron el 22% del total de los gastos tributarios y alcanzaron los 10.570 millones de pesos. Estos diez mil millones representaron el 7,63% de lo que el Estado nacional recaudó en 2012 por este impuesto, y el 1,55% del total de los recursos tributarios (ver cálculo acá). Las exenciones más importantes fueron:
• Intereses de títulos públicos e intereses de depósitos bancarios y obligaciones negociables percibidos por personas físicas. Son las exenciones a la denominada “renta financiera” y se trata del mayor gasto tributario del Estado en un tratamiento especial pautado por ley, en este caso la del Impuesto a las Ganancias. En 2012 significaron casi $4.600 millones, lo que representó el 0,22% del PBI argentino ese año.
• Ganancias de entidades sin fines de lucro. Se trata de los recursos obtenidos por asociaciones civiles, fundaciones, mutuales y cooperativas. Luego de la renta financiera, fue la segunda exención más importante del fisco el año pasado (alrededor de $4.000 millones) y también la que más creció: pasó del 0,16 al 0,19% en su participación en el PBI.
• Ingresos de jueces y funcionarios de los Poderes Judiciales nacionales y provinciales. La exención fue derogada por la Ley 24.631pero la Corte Suprema de Justicia dictó la Acordada 20/96 donde, con fundamento en la intangibilidad de la remuneración de los jueces, declaró “la inaplicabilidad del artículo 1° de la ley 24.631 en cuanto deroga las exenciones para los magistrados y funcionarios del Poder Judicial”. En el caso Gutiérrez, Oscar Eduardo c/ANSES, la Corte dispuso que la exención sea extensible a los haberes jubilatorios de los jueces, “porque los magistrados en pasividad mantienen su condición de tales, al grado de poder ser convocados para desempeñarse en el cargo que tenían al momento de jubilarse sin posibilidad de negase o excusarse”, por lo cual consideró que continúan amparados por el artículo 110 de la Constitución Nacional. En 2012, el Gobierno nacional dejó de percibir $351 millones por esta exención. Desde hace tres años, este gasto tributario significa el 0,02% del PBI.