Tribunal de Casación Sala I: “La sentencia puesta en crisis agravó la situación del procesado originada en el fallo anterior que éste Tribunal anuló, a instancia suya. Resultaría ilógico conceder al imputado la facultad de impugnación y, al mismo tiempo, exponerlo al riego de que en el ejercicio de tal potestad –en ausencia de recurso de la parte acusadora- su situación procesal se vea empeorada. De tal manera, la garantía de la prohibición reformatio en pejus otorga certidumbre y previsión al enjuiciado acerca de que el tribunal revisor no podrá ir más allá del contenido de los agravios invocados, si...
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