PRUDENCIA Y RESPONSABILIDAD Declaración de la Red de Jueces Penales

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1. Según informan medios periodísticos bonaerenses (*), el intendente municipal del partido de Dolores, Dr. Camilo Etchevarren, tuvo expresiones infamantes para fiscales y otros funcionarios judiciales, incluida la Jueza de Garantías Dra. Laura Inés Elías. No sólo los acusó de apañar al narcotráfico, sino que sostuvo que “no se pueden hacer los estúpidos, la droga avanza porque miran para otro lado, son corruptos, personas tóxicas… Son cínicos que cobran fortunas y no hacen nada. Me indigna tener tipos así. Son las manzanas podridas que tenemos en el Poder Judicial” .
2. Sin perjuicio de la respuesta institucional a cargo del Ministerio Público Fiscal (en el caso, de la titular de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia, Dra. María del Carmen Falbo) y/o de las acciones civiles y penales que los interesados pudieran entablar en defensa de su honor, desde La Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos Aires no podemos menos que rechazar este tipo de exabruptos, recordándole a los funcionarios políticos que —en un estado de derecho, como el nuestro— el ejercicio del derecho a la crítica respecto de la actuación de los demás poderes públicos debe hacerse con prudencia y responsabilidad.
En ese orden de ideas, cabe destacar la vigencia de la Resolución n° 744 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, según la cual “somos conscientes que nuestra labor no se encuentra exenta de yerros. Y es legítimo disentir con el sentido de algunos pronunciamientos, como actos públicos que son. Pero cuando la crítica proviene de otros altos niveles del Estado, no parece razonable que, al mismo tiempo que se la formula, se ignore que frente a cada decisión existen niveles de revisión y que el desempeño de los jueces y miembros del Ministerio Público está sujeto a la intervención del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados o, en su caso, a la potestad disciplinaria en el seno del Poder Judicial. De tal manera, no puede recurrirse al estrépito mediático para eludir esos mecanismos sin afectar la independencia del Poder Judicial” (SCBA, resolutorio del 1° de abril de 2009).
3. En conclusión, deploramos las expresiones atribuidas al intendente municipal de Dolores, no sólo porque estamos en condiciones de dar fe de la probidad y contracción laboral de la jueza Laura Elías, sino porque sus destempladas expresiones no se condicen con la prudencia y responsabilidad con las que debe ejercerse el derecho a la crítica por parte de un funcionario de otro de los poderes públicos, en un país republicano.
La Plata, 23 de noviembre de 2015.
                                  Ricardo S. Favarotto                      Gustavo A. Herbel
                                        Presidente                                   Vicepresidente
                                    Adriana L. Nanni                            Pedro Rodríguez
                                        Secretaria                                          Tesorero
* Sin haber sido desmentidos por el interesado. Por todos, cabe citar al portal de noticias 0223 (ver: http://www.0223.com.ar/nota/2015-11-20-e).
PRUDENCIA Y RESPONSABILIDAD (DOCUMENTO OFICIAL)

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