MAS ENCIERRO DE MENORES DE EDAD NO GARANTIZA LA PAZ SOCIAL
Ante la iniciativa política de avanzar en un proyecto legislativo que propicia la baja de la edad de la imputabilidad de los menores de edad, La Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos Aires estima necesario expresar lo siguiente:
1. Con motivo de la invitación a nuestra entidad, tuvimos ocasión de intervenir en el debate ante la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados de la Nación, tras lo cual emitimos una declaración titulada “La baja de la edad de imputabilidad, una medida simplista y desacertada,” con fecha 15 de agosto de 2024, donde sostuvimos que el Poder Ejecutivo puso en discusión un proyecto regresivo en materia de derecho penal juvenil, expandiendo el recurso de la pena privativa de la libertad que hoy se contempla a los 16 años a un escenario que implicaría la aplicación de penas de encierro a partir de los 13. En adición, pusimos de relieve que, en dicha propuesta, no se habían previsto presupuestariamente los recursos que naturalmente requiere una reforma de tal envergadura.
En aquella oportunidad si bien expusimos que es necesario contar con una nueva ley de responsabilidad penal juvenil que homologue el paradigma de infancia que propone la Convención Sobre los Derechos del Niño, también dijimos que la responsabilidad penal adolescente debe hallarse cimentada en un sistema de promoción y de protección de derechos, capaz de contemplar temas afines a las problemáticas de infancia como son: el abandono, la deserción escolar, las violencias intrafamiliares, el consumo de estupefacientes, entre otras.
Por todo ello, en esta instancia, no solo alertamos acerca de la preocupación que suscita la propuesta de bajar la edad para establecer la responsabilidad penal, sino también la amplitud de los márgenes de punición que supone el establecer penas en expectativa que pueden llegar alcanzar los 20 años de privación de libertad. Por otra parte, desde un punto de vista objetivo, también merece particular consideración la propuesta de extender la persecución penal a toda clase de delito, aun cuando ciertos comportamientos disvaliosos entrañen una mínima dañosidad social.
Todas estas cuestiones ciertamente requieren de un delicado análisis que excede el marco de discusión propio de una sesión legislativa extraordinaria. La propuesta de restringir en términos generales los ámbitos de libertad sin una clara percepción del impacto que ello va a provocar en el sistema de encierro vigente en nuestra provincia, permite pensar que los resultados esperables son evidentemente preocupantes y de ningún modo contemplados por quienes proponen la reforma, dada la ausencia de instituciones idóneas para mantener encerrados a los jóvenes, teniendo en cuenta que en la actualidad, tanto el Organismo de Niñez Provincial como el sistema penitenciario, se advierten como obsoletos y se encuentran colapsados. Prueba de ello son los cuantiosos habeas corpus interpuestos con carácter colectivo por los organismos de Derechos Humanos que se encuentran en trámite, ante las recurrentes situaciones de agravamiento de las condiciones de detención.
Por lo tanto, abordar un tema tan delicado como es la reducción de la edad de punibilidad con relación a personas vulnerables, quienes por su inmadurez todavía están en plena etapa de crecimiento y evolución personal, no puede realizarse de manera apresurada y con argumentos simplistas, como si el problema del delito juvenil se solucionara en un tris, agravando la ley, con más y peores condiciones de encierro.
2. En definitiva, instamos a que la labor legislativa iniciada conduzca a introducir reformas tendientes a lograr una legislación racional que sea el producto de una política pública integral, capaz de dirimir los casos de delincuencia juvenil, con enfoque de derechos, conforme prevé la Convención Sobre los Derechos del Niño (CDN); y no adoptando posturas retrógradas que no solo carecen de bases sólidas desde sus fundamentos principistas y estadísticos, sino que harán incurrir a nuestro país en responsabilidad internacional.
3. Desde La Red de Jueces Penales Bonaerenses creemos que –para afrontar con eficacia, sin desmedro de garantías, el acuciante problema de la inseguridad–, no debe invertirse el orden de los factores. Ampliar el sistema penal para castigar a niños, niñas y adolescentes, no debería concebirse como la primera y principal decisión política en la materia. No existen caminos cortos para responder verdaderamente a las sentidas demandas ciudadanas de paz social.
4. Hace pocos días, la Comisión de Pastoral Social del Episcopado Argentino, reiteró su firme oposición al proyecto del gobierno, reeditando un documento titulado “Más oportunidades que penas”, donde se afirmó que “es una idealización creer que la solución de la inseguridad es bajar la edad de imputabilidad y no considerar sus causas”, porque “la solución de fondo es mucho más compleja que bajar la edad de imputabilidad, requiere un abordaje integral, profundo y a largo plazo”, para el que “es necesaria la grandeza política”. Además, la declaración episcopal resaltó que, según surge de las estadísticas oficiales, “los menores no son los que más delitos cometen”, a la vez que se sostuvo que los hechos ilícitos de “violencia extrema”, generan “situaciones dolorosas”, que fortalecen “las propuestas que hacen foco en los menores, como si fueran los únicos y los numéricamente más responsables de los delitos”.
5. En todo aquello concerniente a la vigencia y ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes no hay posibilidad de tener un doble estándar: el recurso a la pena juvenil solo debe ser la respuesta mínima y subsidiaria a una sólida y verdadera política de promoción y protección integral de derechos. Este debería ser el desafío de nuestros legisladores y dirigentes políticos. De lo contrario, flaco favor haríamos a la convivencia social, bajo el imperio de la ley, restringiendo o limitando inadecuadamente los ámbitos de libertad de las personas que, ciertamente, son las más desprotegidas y postergadas de nuestra comunidad. En un país con el alto índice de pobreza que presenta, con las redes de contención diezmadas, la reforma promoverá más represión, con niños y niñas encarceladas, sin la previsión de establecimientos que puedan llegar a trabajar debidamente los casos, en el afán de alcanzar los fines de reeducación o de reinserción social, única legitimación constitucional que tiene el Estado para acudir al uso del recurso penal para proveer a la paz social.
La Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos Aires
La Plata, 9 de febrero de 2026.
María José Lescano
Presidenta
Julio Andrés Grassi
Secretario
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