La Corte Suprema de Justicia resolvió que la reincidencia es constitucional
Con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, el Máximo Tribunal sostuvo que es válido declarar reincidente a quien comete un nuevo delito
A.558.XLVI 27-05-2014 Vistos los autos: «Recurso de hecho deducido por la Defensora Oficial de Martín Salomón Arévalo en la causa Arévalo, Martín Salomón s/ causa nO 11.835», para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que los agravios referidos en el punto 111 del dictamen del señor Procurador Fiscal resultan inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).Que la cuestión relativa al planteo de inconstitucionalidad del régimen de agravación de la pena por reincidencia resulta sustancialmente análoga a la resuelta en «Gómez Dávalos» (Fallos: 308:1938), «L’Eveque» (Fallos: 311:1451) y «Gramajo» (Fallos: 329:3680) -especialmente, considerandos 12 a 18 del voto del juez Petracchi-, y a ellos corresponde remitir, en lo pertinente.
Por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor Procurador
Fiscal, se desestima la queja. 1ntímese a la recurrente a que dentro del quinto día acompañe copia de la decisión que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito …