Nueva doctrina de la SCJBA sobre los recursos extraordinarios en materia penal

 Un link de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires sistematiza la tendencia doctrinaria que viene estableciendo en punto a las condiciones de procedencia de los recursos extraordinarios.
En diversos precedentes como “Asad” P 125.623 ingresa en el análisis de las argumentaciones de la parte recurrente sin estar a los motivos alegados como sí a la esencia del ataque rechazándolo en tanto impliquen una “mera opinión discrepante” con los fundamentos del pronunciamiento recurrido. Recuerda que la tacha de arbitrariedad es excepcional y la queja no debe procurar sustituir a los jueces del proceso en asuntos que le son privativos ni revisar el acierto con el que meritaron tal prueba aunque se alegue error en la solución del caso (C.S.J.N., Fallos: 297:29, 117 y 291; entre otros)
http://www.scba.gov.ar/jurisprudencia/Novedades14647.asp  Libros-de-jurisprudencia-argentina

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