La renuncia del Dr. Piombo: "…El texto de tal pronunciamiento ha sido aviesamente interpretado, atribuyéndole categorizaciones y expresiones discriminatorias que no contiene; pero sobre todo aislándolo de su complemento natural, que es el fallo de primera instancia…"

La Plata, 29 de mayo de 2015

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Señor Presidente de la
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires,
Doctor JUAN CARLOS HITTERS
De mi más distinguida consideración:
Horacio Daniel Piombo, Juez dela Sala VI del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, cumple en dirigirse a V.S. presentando la renuncia al cargo judicial que actualmente inviste, con fines jubilatorios.
Sin perjuicio de lo esencial precedentemente sentado, la circunstancia de haber servido durante cincuenta años al Poder Judicial de la Provincia al cual ingresé como meritorio en el año 1965 -transitando luego por los cargos administrativos hasta el oficialato, e integrando a posteriori la judicatura en todas sus instancias ordinarias y, en dos ocasiones, el ministerio público fiscal-, me obliga a manifestar el profundo y emocionado agradecimiento que me embarga y que debo individualizarlo con la particular categoría de cada destinatario.
En ese empeño, debo mencionar primeramente a la Suprema Corte de Justicia, por haber escuchado con atención mis inquietudes para mejorar, según mi particular óptica, la tarea y los servicios jurisdiccionales.
De seguida, a mis colegas del Tribunal de Casación Penal, por la tolerancia y cordialidad dispensadas y, fundamentalmente, por la extraordinaria paciencia demostrada al debatir conmigo puntos de vista y criterios jurídicos que necesitábamos esclarecer.
También a los magistrados y funcionarios del Poder Judicial bonaerense, por la colaboración brindada, incluso en días feriados, cada vez que tuvimos necesidad de requerir documentación o diligencias en el cometido de dictar sentencias en el ámbito de nuestro Tribunal.
Párrafo aparte en este modesto reconocimiento adeudo a los profesionales letrados de mi vocalía, quienes me han brindado lo mejor de sí, en especial: saber y compañerismo, amén de mostrar un inmenso compromiso por la misión asignada. También a los funcionarios y empleados que me secundan, por su lealtad, dedicación y capacidad de trabajo.
Por último, vaya también mi agradecimiento a los señores abogados -sea como defensores, sea como representantes de los damnificados y de las partes civiles-, que me mostraron, en incontables escritos y audiencias, renovados puntos de vista que enriquecieron y robustecieron mi pensamiento y me guiaron en la tarea de construir el decisorio. En este mismo orden de ideas, vaya mi gratitud a los Defensores Oficiales y Miembros del Ministerio Público Fiscal que abogando por los intereses puestos bajo su tutela, se han batido con excepcional preparación y cuidado empeño posibilitando, de esa manera, el conocimiento básico presupuesto de una decisión más amplia y acertada.
Así las cosas, al alejarme lo hago con el pleno convencimiento que debo contribuir a defender, más que nunca, la estima colectiva de una función a la cual he servido durante tan largo lapso. La opinión pública hoy se encuentra conmovida por un fallo, cuyo contenido pertenece al Dr. Benjamín Sal Llargués, al cual adherí por su corrección jurídica. El texto de tal pronunciamiento ha sido aviesamente interpretado, atribuyéndole categorizaciones y expresiones discriminatorias que no contiene; pero sobre todo aislándolo de su complemento natural, que es el fallo de primera instancia, cuyas expresiones relativas a los hechos se toman, en la tarea del Tribunal de Casación, como circunstancias comprobadas a las que, por regla, cabe atenerse.
Ante esta situación que roza el respeto que debe merecer la tarea judicial deviene necesario, con la mayor mesura admisible, adoptar la prudente actitud de alejamiento plasmada en este acto.
Ruego al señor Presidente dar curso a la presente, girándola, luego de los trámites de rigor, al Poder Ejecutivo de la Provincia para su consideración.
Horacio Daniel Piombo

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