El NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA NACIÓN

Nuevo Código Procesal Penal de la NaciónEl Congreso Nacional aprobó el proyecto de nuevo Código de procedimiento penal
(Ley 27.063) que incorpora más plenamente los principios de celeridad, oralidad, publicidad y “desformalización” de las decisiones. Se ha buscado crear un “instrumento de procedimiento ágil, rápido y moderno» que asegure “una administración de Justicia que contemple la reparación a las víctimas”. 
 
 
Es un paso importante para la instalación del sistema acusatorio, en cuanto delega en el fiscal toda la investigación sin quitarle las facultades que le son propias al juez. Asegura a la víctima y sus familiares podrán participar del proceso junto al fiscal. También fija tiempos más cortos para que la causa sea enviada a juicio oral y comenzará a regir a partir del 1 de marzo de 2016.

ASPECTOS SALIENTES

  • Incorpora los principios de celeridad, oralidad, publicidad, y «desformalización» de las decisiones.
  • Especifica y separa las funciones de las partes: El juez juzga, el fiscal investiga y a la víctima le asiste un nuevo derecho y puede ser querellante.
  • Impone plazos máximos para la duración de los procesos judiciales, que no podrán superar los tres años en tanto los casos simples deberán resolverse en menos de un año.
  • Los procesos judiciales deberán ser orales, tanto la investigación como el juicio.
  • Los juicios deberán ser de carácter público en principio.
  • Adopta el sistema acusatorio donde el Fiscal investiga, el Defensor defiende y el Juez exclusivamente resuelve.
  • Durante todo el proceso tanto la víctima como sus familiares serán escuchadas aunque no sean querellantes en las causas y contarán con atención psicológica gratuita durante el proceso.
  • La investigación no podrá durar más de un año, en tanto el juicio oral debe comenzar entre los cinco y los treinta días de finalizada la investigación.
  • Modifica y amplía las posibilidades de los querellantes, que tendrán facultades semejantes a las del Fiscal. Podrá solicitar medidas de prueba de manera autónoma en un proceso ya iniciado por el fiscal, e incluso también provocar la persecución penal, aun cuando el fiscal no lo haga.
  • Las sesiones serán abiertas al público en general y a los medios de comunicación salvo expresa reserva en contrario.
  • Se desformalizan las decisiones de modo de simplificar la forma en que se toman resoluciones intermedias previo al dictado de la sentencia, con el fin de agilizar el proceso y de hacerlo accesible a las partes.
  • En el procedimiento en flagrancia para delitos que prevé una pena mínima de hasta tres años de prisión, el fiscal y el defensor podrán acordar ir directamente al juicio. Servirá para no perder un año de investigación y agilizar el proceso.
  • Instrumenta la probation.

El texto completo en formato word para descargar: CODIGO PROCESAL PENAL DE LA NACION

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