DETENIENDO MICROVENDEDORES NO SE ATACA AL NARCOTRAFICO Declaración de la Red

La Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos Aires hace muy pocos días, a través de una declaración titulada “Varios miles de detenidos en las comisarías bonaerenses: una realidad que deberá revertirse”, puso de relieve el grave estado de hacinamiento que sufren los detenidos en las dependencias policiales, situación que se agrava notoriamente con los riesgos aparejados por la actual pandemia (ver el portal reddejueces.com.). Ese nivel de superpoblación se replica también en las cárceles provinciales, sin que se haya logrado paliar una emergencia penitenciaria que se viene sufriendo desde hace tiempo, como lo expusiéramos en la declaración sobre “El colapso penitenciario bonaerense, en tiempos de pandemia”, del 16 de marzo, lo cual no solo impide cumplir con los fines de reintegración social de la pena, sino que implica un riesgo para la vida de los internos frente al Covid-19.

En este contexto, urge definir políticas claras a nivel provincial, que permitan paliar la actual coyuntura. La Red entiende que una de ellas es derogar la ley de adhesión que la provincia promulgó para asumir competencia en la represión del narco-menudeo (ley 13.392, del 2/12/2005).

En efecto, la persecución de los vendedores de droga al menudeo, determinó la disposición de cuantiosos recursos humanos y materiales, con destino a un objetivo que resultó fracasado por insostenible e ineficaz.

FRACASADO, en tanto los cuantiosos recursos utilizados para la llamada “lucha contra el narcotráfico” no generó ninguna mejora respecto de la situación precedente. Pese a que gran cantidad de agentes policiales, empleados, funcionario y fiscales hayan sido destinados específicamente a esta tarea en toda la provincia, no se advierte la disminución del problema que han venido a resolver: se han gastado muchos recursos sin verificar el cumplimiento de objetivo alguno.

En la justicia penal se produjo una saturación. Según un Informe de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires1, sólo durante el año 2018, se iniciaron más de sesenta mil (63.198) investigaciones penales preparatorias. De ellas, más de un 65 % resultó por delitos de microtráfico de estupefacientes, y más del 33% estaba referida a simples tenencias o tenencias para consumo personal.

Las consecuencias en el sistema de justicia penal provincial2 son visibles: a) Incremento significativo del caudal de trabajo –y el nivel de conflictividad– de los organismos del Poder Judicial y de los Ministerios Públicos, especialmente en la primera etapa del proceso;  b) Realización de pericias toxicológicas, que se dilatan por falta de recursos en los laboratorios; c) Aumento del número de audiencias en la instancia oral y el tiempo y los recursos que destinan los distintos actores a tal fin; d) Sobrecarga de las Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal del conjunto de departamentos judiciales, en particular, de aquellas del Conurbano, y del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires. 

INSOSTENIBLE, porque la aprehensión de los vendedores de pequeñas cantidades de droga ya ha generado un masivo encarcelamiento a nivel provincial.

A la fecha de implementación de la ley de desfederalización, la Provincia de Buenos Aires ya había sido denunciada por violación a derechos humanos por sobrepoblación y hacinamiento ante organismos internacionales; por su parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación3 ya había observado la deficiencia en la actuación de los poderes públicos locales.

Sin embargo, en aquel momento se optó por asumir las competencias en esta materia, profundizando en la actualidad la situación de sobrepoblación y hacinamiento carcelario, cuya tasa de detención actual es record histórico con 336 personas detenidas cada 100.000 habitantes, cuando en 2006 era de 139 cada 100.000. Hoy, se repiten las declaraciones de emergencia penitenciaria por las autoridades políticas y los más altos tribunales locales –Suprema Corte de Justicia4 y Tribunal de Casación Penal5– definen la situación como una grave crisis humanitaria.

Según los datos del Registro Único de Detenidos de la Provincia de Buenos Aires (RUD) al 31/12/20196, de un total de más de cincuenta y ocho mil personas privadas de libertad (58.300) bajo distintas modalidades7, más de ocho mil (8.113) lo estaban por delitos relacionados a la ley de estupefacientes, alcanzando el 13,9. Según el Sistema Nacional de Estadísticas de Ejecución Penal (SNEEP)8 a fines del año 2018, se ubicaba como la tercera modalidad delictiva de encierro con 5.626 menciones, sólo superada por los delitos de robo y tentativa de robo (18.480) y los homicidios dolosos (5.749).

El siguiente cuadro, elaborado por la Procuración General de la SCBA, permite ver el importante crecimiento proporcional de personas detenidas por narcomenudeo en los en los últimos años.

Ello importa para el Estado local, no sólo una superpoblación carcelaria (que hoy también repercute en el estado de emergencia de las comisarías) para la que no está preparado el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB); sino que esto utiliza una porción importante de los recursos del sistema, que debieran invertirse en tratamientos útiles para mejorar las posibilidades de reintegración social de las personas detenidas por delitos de exclusiva competencia provincial.

Según un informe de la Unidad de Planificación Estratégica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires9, en el año 2019 el costo total por 4.915 personas presas en el Servicio Penitenciario Bonaerense ascendería a más de tres mil doscientos millones de pesos ($3.246.818.179,98), calculando que cada preso/a cuesta más de cuarenta y tres mil pesos ($ 43.000) al mes. En tanto que el costo total –siempre calculando la actualización por inflación– desde el 2005 al 2019 habría ascendido a casi treinta mil millones de pesos (29.943.063.479,20).

Estos asombrosos números no incluyen los costos derivados de las intervenciones por personas sujetos a control de monitoreo electrónico, ni los de las policías (Ministerio de Seguridad), la Justicia Penal (Fiscales, Jueces y Defensores, Cámaras Departamentales de Apelación y Garantías en lo Penal y Tribunal de Casación Penal Bonaerense) ni de otros organismos de Poder Ejecutivo que intervienen en los procesos penales (Patronato de Liberados, Centro de Prevención de las Adicciones).

INEFICAZ, desde que estos cuantiosos gastos derivados a reprimir al narcotráfico nunca podrán tener éxito, pues apuntan al sector más fungible de la actividad. 

Narco menudeo

 El hecho de que la detención masiva de personas no haya derivado en una mejora de la situación, responde a un mal enfoque político criminal del problema:

  1. El confinamiento de vendedores al menudeo ataca al sector más fungible del mercado ilegal: Los vendedores son personas sin preparación, ubicados en el último eslabón de la cadena delictiva, por tanto su “neutralización” –detención– no afecta la estructura de la organización, y su reposición como recurso humano es muy sencilla, por la escasa preparación requerida y su fácil reclutamiento en un contexto de precariedad económica.   

  2. Estas características del fenómeno predican la necesidad de conducir las investigaciones hacia las instancias superiores de la organización; por el contrario, la prisionización masiva de sujetos implicados en el narcomenudeo, protagonizado por una jurisdicción local que no puede –por ser competencia federal– ir contra las cabezas de las organizaciones, resulta un instrumento manifiestamente inidóneo para desarticular estas bandas criminales.

En pocas palabras; focalizar el problema del narcotráfico en la persecución de micro-vendedores callejeros, representa una política criminal fracasada (carente de resultados positivos verificados), insostenible (por los cuantiosos e infructuosos costos que representa para una provincia en crisis económica) e ineficaz (pues nunca la persecución del último eslabón de las bandas narco-criminales puede desmantelar su organización), que debe ser reenviada a la competencia federal, única autorizada a realizar investigaciones inter-jurisdiccionales que permitan atacar a la cúspide de este tipo de organizaciones.

La Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos Aires.

La Plata, 20 de agosto de 2020.

Mario Daniel Caputo                           Pedro Rodríguez

Presidente                                          Secretario

1 Memoria en materia de Estupefacientes 2018, Unidad de Coordinación en materia de Estupefacientes de la Procuración General, ver en https://www.mpba.gov.ar/files/content/Memoria%20Estupefacientes%202018.pdf

2 Según el informe “Drogas el costo del delito: Impacto presupuestario de la persecución penal a la tenencia y comercialización de estupefacientes en la Provincia de Buenos Aires”; Autores: Mauro Benente (UBA/UNPAZ/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos PBA), Santiago Ferrando Kozicki (UBA/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos PBA) y Lucas Pecina (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos PBA), publicado el 26 de Marzo de 2020 en la Revista Bordes, Revista de Derecho, Política y Sociedad, Universidad Nacional de José C. Paz. Disponible en: http://revistabordes.unpaz.edu.arhttp://revistabordes.unpaz.edu.ar

3 CSJN, Fallos: 328:1146, rta. 03/05/2005.

4 Resolución 3341/19 del 11 de Diciembre de 2019, disponible en http://www.scba.gov.ar.

5 Ver el documento sobre Condiciones de Detención en la Provincia de Buenos Aires del 10 de Octubre de 2019, en el marco del espacio interinstitucional creado por Resolución de Corte 2301/18, disponible en la página de la SCJBA: http://www.scba.gov.ar/casacion/Novedadesvarias.asp?id=2&cat=1.

7 Más de ciento y cinco mil entre prisiones y comisarías (55049) y más de tres mil (3251) con prisión domiciliaria.

8 Resulta el informe oficial elaborado por la Dirección Nacional de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como organismo encargado de las estadísticas sobre criminalidad y funcionamiento del sistema de justicia penal, según ley 25.266 de 2000. El mismo se encuentra disponible para la consulta en https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/sneep_2018_final.pdf

9 Drogas: el costo del delito, citado.

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