La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) concedió a Milagro Sala una medida cautelar en la que solicita al Estado argentino la adopción de medidas alternativas a la detención preventiva

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos le concedió a Milagro Sala una medida cautelar en la que solicitó al Estado argentino la adopción de medidas alternativas a la detención preventiva, como el arresto domiciliario o la posibilidad de enfrentar los procesos penales en libertad con medidas como la fiscalización electrónica. Ello fue a raíz de una solicitud conjunta del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Amnistía Internacional y Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (Andhes).
En la resolución la CIDH aclara que no es su función “determinar si se han producido violaciones al debido proceso en el marco de las causas seguidas en contra de la señora Milagro Sala, ni pronunciarse sobre la presunta violación al derecho a la libertad personal”, ello ya que la CIDH no tiene entre sus funciones expedirse sobre ello sino recomendar y solicitar medidas a los Estados en post del respeto de los derechos de la Convención Americana de Derechos Humanos.
La cautelar que la CIDH otorgó a Sala responde a que consideró que “sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable” por las condiciones en las que se encuentra detenida en el penal de Alto Comedero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH puede solicitar “medidas cautelares” para prevenir daños irreparables a los derechos humanos en casos graves y urgentes. Según la resolución, el Gobierno argentino tiene 15 días para informar a la Comisión si cumplió con la cautelar.
Además, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Convención Americana, la CIDH puede solicitar que la Corte Interamericana disponga la adopción de “medidas provisionales” en casos de extrema gravedad y urgencia para evitar daños irreparables a las personas, aunque el caso aún no haya sido presentado ante la Corte.
Si bien no se expidió formalmente sobre la validez de la prisión preventiva, la CIDH recordó que el Estado argentino “se encuentra obligado a atender la decisión del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU que determinó que la detención de la señora Sala es arbitraria, llamando a su liberación inmediata”.
Sala está detenida desde enero de 2016 y hay tres causas en la Justicia de la Provincia de Jujuy por las que se le dictó auto de prisión preventiva. En ellos está acusada de asociación ilícita, encubrimiento de un homicidio y lesiones graves.

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