Violación al principio de congruencia en robo con fractura

Fallo de la Sala II del Tribunal de Casación Penal, dictado en la causa n° 42.417, caratulada “H., C. J. s/Recurso de Casación”, sent. del 03 de marzo de 2011, en el que la Sala declaró que habiéndose establecido en la sentencia un accionar del imputado –la ruptura de una reja- que no formó parte de la acusación dirigida en su contra, se encuentra violada la congruencia entendida como la correlación o identidad que debe existir entre el hecho imputado en las sucesivas etapas procesales y el establecido en el veredicto y la sentencia.
En el caso, el Ministerio Público Fiscal requirió la elevación a juicio por el delito de robo por efracción, imputando al procesado –en dicha oportunidad y al momento de los alegados en la audiencia- el haber doblado una reja, habiéndose establecido en el fallo –en la descripción de la materialidad ilícita- la ruptura de aquella.

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