Las razones del garantismo según Roberto Gargarella

Aunque es habitual que se presenten las posiciones garantistas haciendo énfasis en sus versiones más extremas,es necesario recordar que el dolor infinito de las víctimas no justifica la aplicación de penas infinitas a los victimarios Unidad 1 Olmos
«…el gran error de los críticos del garantismo es creer que el garantismo implica una visión ingenua sobre los criminales, cuando lo que el garantismo hace es un reclamo sobre el Estado, exigiéndole un debido respeto por los derechos de todos»
vía Las razones del garantismo – 27.02.2014 – lanacion.com  .

 En varias notas publicadas en este diario, se han ido presentando severas críticas frente a lo que se describe como un proyecto garantista, abolicionista en los hechos, y preocupado exclusivamente por los derechos de los delincuentes . Como en lo personal me considero muy cercano al ideario criticado, ofreceré algunos comentarios en respuesta.

En primer lugar, haría una aclaración sobre lo que significa la preocupación por los derechos de los delincuentes. Dicha preocupación de ninguna manera debe entenderse como una forma de minusvalorar (¡ni mucho menos de cercenar!) los derechos de las víctimas. Que Juan, como delincuente, tenga derecho a un juicio justo, o derecho a no ser torturado, no quiere decir que Pedro, como víctima, no goce o no deba gozar de tales derechos, o que de algún modo merezca menos derechos que los delincuentes. Tal conclusión parece un sinsentido completo. Simplemente, los derechos de unos y otros no están en contradicción: no hay un juego de «suma cero» entre los derechos de las víctimas y los de los victimarios. Sin embargo, lamentablemente, es muy habitual que se acuse a quienes nos preocupamos (también) por los derechos de los delincuentes de no pensar en los derechos de las víctimas o, lo que es peor, de faltarles el respeto a las víctimas, como si el respeto o los derechos fueran bienes escasos; o como si hubiera alguna razón (¿cuál?) para no tener la máxima consideración hacia quienes tanto sufren o han sufrido, por haber sido víctimas directas o indirectas de algún grave crimen.

En segundo lugar, señalaría algo sobre los derechos de las víctimas. Las víctimas y los familiares de las víctimas merecen de parte de todos nosotros, y en particular de parte del Estado, un cuidado muy especial, sobre todo a la luz de los graves derechos que les han sido conculcados, y que el Estado no ha sabido garantizarles. Ahora bien, respetar a las víctimas de ningún modo implica considerar que las víctimas deben arrogarse la decisión o la autoridad principal a la hora de definir lo que debe hacer el Estado en relación con los victimarios. Las voces de las víctimas deben ser escuchadas, tal vez de modo especial, cuando reflexionamos sobre las políticas públicas con las que corresponde responder al delito. Sin embargo, ello de ninguna forma importa que las víctimas deban ser quienes tengan la voz decisiva a la hora de definir esas políticas públicas. Y desde ya, y contra lo que se sugiere en ocasiones, el dolor infinito de las víctimas no justifica la imposición de penas infinitas sobre los victimarios ni justifica restricciones sobre los elementales derechos de éstos. El Estado argentino, luego de terminada la dictadura, supo dar una buena muestra de lo que digo. Finalizado el período del terrorismo de Estado, y a pesar de las entendibles exigencias maximalistas de algunos familiares de desaparecidos que habían sufrido atropellos inhumanos, el nuevo Estado democrático decidió dar una respuesta humana y civilizada, basada en juicios hechos con todas las garantías. Otra vez: la preocupación por las básicas garantías de los peores criminales no implicó -y no debe verse ni se ha visto nunca como-una falta de respeto a los derechos de los familiares de las víctimas. Y el dolor infinito de los familiares de los desaparecidos no justifica ni puede amparar la imposición de un dolor infinito sobre los victimarios. Exigimos justicia, no venganza.

En tercer lugar, quisiera hacer algunas aclaraciones sobre la noción misma de garantismo. Los juicios que se hacen sobre dicha postura suelen ser, ante todo, muy poco generosos: en lugar de leer la postura que se critica a su «mejor luz», se suele escoger la versión más ridícula e indefendible del garantismo. En muchas ocasiones, por lo demás, la evaluación sobre el garantismo se basa simplemente en confusiones a esta altura indebidas (considerar el garantismo y el abolicionismo, en la práctica, como sinónimos), o simples errores (he leído en varias ocasiones referencias a las posiciones de Carlos Nino -con quien yo trabajé- como contracara de las de Raúl Zaffaroni, habitual sujeto de las críticas de los no-garantistas, pero lo cierto es que Nino defendía, al igual que Zaffaroni, un garantismo sin fisuras en materia penal). Es cierto que el garantismo es susceptible de versiones extremas, muchas veces inaceptables, como las que los no-garantistas presentan a veces a partir de anécdotas o frases sueltas de algún penalista (por ejemplo, propuestas irresponsables sobre excarcelaciones sin cuidados), pero lo cierto es que el no-garantismo también es susceptible de tales versiones grotescas y draconianas (conocemos no-garantistas que se muestran tolerantes con la tortura o ávidos de autoritarismo político). En definitiva, no ganamos nada poniendo la discusión en estos términos, presentando la postura rival a partir de contornos absurdos. Lo que tenemos que preguntarnos, en cambio, es: ¿qué es lo mejor que tienen los garantistas (y los no-garantistas) para decirnos? ¿Cómo les respondemos?

Las siguientes son algunas de las ideas de lo que piden los garantistas. Frente a un Estado que dentro de las cárceles muestra su peor faceta, y tortura y mata como nunca antes en los últimos diez años, el garantismo pide el obvio respeto de los derechos humanos de los condenados. Frente a un Estado que mantiene presos, durante años, a individuos a quienes no ha terminado de juzgar y condenar, el garantismo pide el debido cumplimiento de los compromisos constitucionales e internacionales asumidos por el país. Frente a un derecho penal que se empecina en tratar a los delincuentes como animales que hay que separar de la sociedad y domesticar a fuerza de miedo y violencia, el garantismo pide exactamente lo contrario, es decir, tratar a todos como humanos, como los criminales no nos han tratado. El garantismo -como el humanismo o como el cristianismo finalmente- considera a los criminales como seres que piensan y sienten, que pueden entender el mal que han hecho, arrepentirse de sus errores y enmendar su comportamiento. Afirmar este principio no implica desconocer que muchos delincuentes no van a cambiar su forma de comportamiento ni nos lleva a considerar a los delincuentes como ángeles ni mucho menos ver en ellos a mártires. Éste es el gran error de los críticos del garantismo: creer que el garantismo implica una visión ingenua sobre los criminales, cuando lo que el garantismo hace es un reclamo sobre el Estado, exigiéndole un debido respeto por los derechos de todos, se trate de nuestros amigos o de aquellos a los que no queremos

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