Exhortación de la ONU a reconsiderar la reforma judicial aprobada el congreso nacional

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Exhortación de la ONU a reconsiderar la reforma judicial aprobada el congreso nacional

Gabriela-Knaul
GINEBRA.- La Relatora especial de las Naciones Unidas (ONU) sobre la independencia de los magistrados y abogados, la brasileña Gabriela Knaul, exhortó hoy al Gobierno a que reconsidere los proyectos de ley dereforma del Consejo de la Magistratura y de regulación de las medidas cautelares, aprobadas la semana pasada en una agitada sesión en la Cámara de Diputados.
La “disposición sobre la elección partidaria de los miembros del Consejo de la Magistratura” y “las limitaciones aprobadas a las medidas cautelares” son “contrarias a varios artículos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, indicó Knaul en un comunicado difundido en Ginebra.
La funcionaria de la ONU apuntó contra las modificaciones que tendrá el organismo que nombra y remueve a jueces, sobre todo a la disposición que amplía el número de miembros -de 13 a 19- y establece la elección popular en elecciones nacionales. “La disposición sobre la elección partidaria de los miembros del Consejo de la Magistratura es contraria al artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a los Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura”, afirmó la Relatora especial de la ONU designada en agosto de 2009.
“El Estado tiene el compromiso de asegurar la independencia de la judicatura mediante el respeto de su legislación a los estándares internacionales”, dijo Knaul.
“Hago un llamado a Argentina a que establezca procedimientos claros y criterios objetivos para la destitución y sanción de jueces, y que se asegure un recurso efectivo a los jueces para impugnar dichas decisiones, en aras de salvaguardar la independencia judicial”, dijo Knaul.
Sobre las medidas cautelares, que ayer fue promulgada y hoy fue publicado en la ONU, la Relatora especial aseveró: “Las limitaciones aprobadas a las medidas cautelares son contrarias a los artículos 2 (3) y 14 (1) del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, entre otros estándares internacionales relevantes”.

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